34. Creo que debo hacer en este momento una alusión, aunque brevísima, a un caso pastoral que el Sínodo ha querido tratar —en cuanto le era posible hacerlo— , y que contempla también una de las Propositiones. Me refiero a ciertas situaciones, hoy no raras, en las que se encuentran algunos cristianos, deseosos de continuar la práctica religiosa sacramental, pero que se ven impedidos por su situación personal, que está en oposición a las obligaciones asumidas libremente ante Dios y la Iglesia. Son situaciones que se presentan como particularmente delicadas y casi insolubles.
Durante el Sínodo, no pocas intervenciones que expresaban el parecer general de los Padres, han puesto de relieve la coexistencia y la mutua influencia de dos principios, igualmente importantes, ante estos casos. El primero es el principio de la compasión y de la misericordia, por el que la Iglesia, continuadora de la presencia y de la obra de Cristo en la historia, no queriendo la muerte del pecador sino que se convierta y viva, atenta a no romper la caña rajada y a no apagar la mecha que humea todavía, trata siempre de ofrecer, en la medida en que le es posible, el camino del retorno a Dios y de la reconciliación con Él. El otro es el principio de la verdad y de la coherencia, por el cual la Iglesia no acepta llamar bien al mal y mal al bien. Basándose en estos dos principios complementarios, la Iglesia desea invitar a sus hijos, que se encuentran en estas situaciones dolorosas, a acercarse a la misericordia divina por otros caminos, pero no por el de los Sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía, hasta que no hayan alcanzado las disposiciones requeridas.
Sobre esta materia, que aflige profundamente también nuestro corazón de pastores, he creído deber mío decir palabras claras en la Exhortación Apostólica Familiaris consortio, por lo que se refiere al caso de divorciados casados de nuevo, o en cualquier caso al de cristianos que conviven irregularmente.
Asimismo siento el vivo deber de exhortar, en unión con el Sínodo, a las comunidades eclesiales y sobre todo a los Obispos, para que presten toda ayuda posible a aquellos Sacerdotes que, faltando a los graves compromisos asumidos en la Ordenación, se encuentran en situaciones irregulares. Ninguno de estos hermanos debe sentirse abandonado por la Iglesia.
Para todos aquellos que no se encuentran actualmente en las condiciones objetivas requeridas por el Sacramento de la Penitencia, las muestras de bondad maternal por parte de la Iglesia, el apoyo de actos de piedad fuera de los Sacramentos, el esfuerzo sincero por mantenerse en contacto con el Señor, la participación a la Misa, la repetición frecuente de actos de fe, de esperanza y de caridad, de dolor lo más perfecto posible, podrán preparar el camino hacia una reconciliación plena en la hora que sólo la Providencia conoce.
Reconciliatio et paenitentia, 34. San Juan Pablo II
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